TESTIMONIO: VISTO: La Ordenanza 6/93 por la cual Municipalidad de Balcarce adhiere a la Ley Provincial 10.592, referida al Régimen Jurídico Básico e Integral para las Personas Discapacitadas, y CONSIDERANDO: Que ha sido creado el Consejo del Discapacitado de Balcarce (CODI-BA), entidad de bien público sin fines de lucro, cuyo fin primordial será tratar orgánicamente la problemática del discapacitado de Balcarce y su entorno afecti-vo; Que ha sido elaborado el Estatuto del Consejo en el marco de la Ley 10.592. Que en su Mesa Directiva están reunidas todas aquellas entidades, instituciones y/o agrupamientos de personas interesadas en ayudar, a los disca-pacitados y a su entorno afectivo, Que entre estos integrantes se encuentran representados los Depar-tamentos Ejecutivo y Deliberativo Municipal. POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente : O R D E N A N Z A Nº 86/94 ------------------------------- ARTICULO 1.- Reconócese el Consejo del Discapacitado de Balcarce (CODIBA).------------------ ARTICULO 2.- Apruébase el Estatuto del Consejo del Discapacitado de Balcarce ------------ (CODIBA) y la conformación de su Mesa Directiva, de acuerdo con el texto que como Anexo I integra la presente.------------------------------------- ARTICULO 3.- Cúmplase, comuníquese, regístrese y publíquese.-------------------- ------------ DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Ordina-ria, a los veintisiete días del mes de octubre de mil novecientos noventa y cua-tro. FIRMADO: Dr. Norberto A. Pilone - PRESIDENTE - Juan José Troya -SECRETARIO.